IFPS
Estatutos de la
Federación Internacional
de Sociedades Psicoanalíticas



ÍNDICE


Preámbulo
A. PROVISIONES FUNDAMENTALES
1 ) Designación y Localización.
2) Objetivos de la IFPS
3) Actividad de la IFPS


B.
MEMBRESIA
4) Prerrequisitos
5) Requisitos mínimos respecto a Principios y Entrenamiento.
6) Procedimiento de Admisión.
7) Terminación de la membresía.
8) Retiro
9) Expulsión.
10) Derechos y Obligaciones de los miembros.
11) Cuotas de membresía.
12) Miembros afiliados a la Federación


C. ÓRGANOS DE LA FEDERACIÓN.
1
3) Órganos

14) La Asamblea Ordinaria de Delegados
15) Asamblea Extraordinaria de Delegados
16) Delegados y Observadores.
Delegados
Observadores
17) Comité Ejecutivo
18) El Secretario General
19) Normas compartidas para el Comité Ejecutivo, el Secretario General y la Asamblea de Delegados.
D. PROVISIONES INDIVIDUALES.
20) Auditores
21) El establecimiento de Comités “ad hoc”.
22) Los desacuerdos fundamentales.
23) Elecciones y Votaciones
24) Honores
25) Idioma
26) Año Fiscal
27) Modificación de los estatutos
28) La Disolución de la Federación
Estatutos

Preámbulo

La Federación Internacional de Sociedades Psicoanalíticas (IFPS) es la organización sucesora del Grupo Internacional de Estudios de Sociedades Psicoanalíticas
(International Study Group of Psychoanalytic Societies) que fue fundado en Amsterdam en Julio 30, 1962.
Todas las Sociedades Fundadoras,
. the Deutsche Psychoanalytische Gesellschaft e.V.,
gegrûndet 1910
. la Sociedad Psicoanalítica Mexicana, A.C.
. the Wiener Arbeitskreis fûr Tiefenpsychologie
. the William Alanson White Psychoanalytic Society

se guiaron por el objetivo de intensificar los contactos científicos y personales así como también el intercambio de puntos de vista al través de las Sociedades
Psicoanalíticas promoviendo una libre discusión de la teoría y práctica psicoanalítica, publicaciones conjuntas como también compartiendo experiencias
concernientes al entrenamiento profesional. La IFPS se compromete con el concepto de pluralismo en la teoría y práctica psicoanalíticas así como con el intercambio
interdisciplinario en materias de interés micro- y macro-social. La completa autonomía organizacional y científica así como la igualdad de posición de todas las
Sociedades Miembro son esenciales precondiciones para el establecimiento de la federación. Para la realización de estos objetivos las Sociedades Firmantes han
adoptado los siguientes Estatutos:

A. PROVISIONES FUNDAMENTALES


* 1 ) Designación y Localización

La Organización que consiste de Sociedades Psicoanalíticas autónomas llevará la
designación de Federación Internacional de Sociedades Psicoanalíticas (IFPS). La sede (alojamiento central) de la Federación será el lugar de residencia de la
Secretaria-General
en turno.


* 2 ) Objetivos de la IFPS

I.
Las Sociedades Miembros dela IFPS se comprometen al intercambio de metas y experiencias científicas y académicas por medio de la libre discusión de la
teoría, la práctica y el entrenamiento en psicoanálisis y para la promoción de contactos científicos y personales entre psicoanalistas y organizaciones psicoanalíticas.
Sin menoscabo de alguna otra provisión de estos artículos, la organización estará organizada exclusivamente por uno más de los siguientes propósitos: religioso,
caritativo, científico, atestiguar para la seguridad pública, la literatura o propósitos educativos, o para promover competencias deportivas no profesionales
nacionales o internacional (pero sólo si ninguna parte de estas actividades envuelve la provisión de facilidades atléticas o equipo), o para la prevención de la
crueldad con los niños o animales, como especifica la sección 501 (c) (3) de la ley “International Revenue Code de 1954” (de los estados Unidos), y no debe
realizar ninguna actividad no permitida de ser incluida por una organización exenta de impuestos Federales (de los Estados Unidos) bajo la sección 501 (c) (3) de
la misma ley mencionada (the International Revenue Code) de 1954.

II. La IFPS realiza sus actividades sin perseguir ningún fin material o lucrativo.

III. Ninguna parte de la ganancia neta de la organización debe redundar en beneficio de ningún miembro, administrador, director, funcionario de la organización, o
cualquier individuo particular (excepto que se pueden pagar compensaciones razonables por los servicios rendidos a o para la organización) y ningún miembro,
administrador, funcionario de la organización o cualquier individuo particular debe ser autorizado para compartir la distribución de cualquiera de los activos en la
disolución de la organización.

IV. Ninguna parte substancial de las actividades de la organización debe incluir propaganda, o de otra forma intentando influenciar la legislación (excepto lo de otra
manera provisto por la ley “International Revenue Code” sección 501 (h) o participar en, o interviniendo en (incluyendo la publicación o distribución de
declaraciones), ninguna campaña política en beneficio de cualquier candidato para cargos públicos.


* 3) Actividad de la IFPS

La
Federación realiza sus tareas por medio de:

I. realización de FOROS internacionales de Psicoanálisis en intervalos regulares (de dos a cuatro años);

II. realizando otras reuniones científicas entre los FOROS;

III. publicaciones conjuntas de los descubrimientos científicos suministrados por las Sociedades Miembro;

IV. apoyando la diseminación del cuerpo de pensamiento psicoanalítico dentro de las esferas de influencia de los Miembros;

V. Promoviendo el entrenamiento y la práctica psicoanalítica.



B. MEMBRESÍA


* 4) Prerequisitos

Las Sociedades siguientes pueden volverse Miembros de la IFPS:

I. Sociedades Psicoanalíticas cuyos estatutos cumplan con los objetivos, propósitos y principios de la IFPS, y cuyos miembros tengan un nivel de entrenamiento que
corresponda con los requerimientos mínimos (*5) estipulados por la Federación. Las Sociedades deberán estar afiliadas a facilidades cuya estructura para el
entrenamiento, tamaño y entrenamiento psicoanalítico, correspondan con los requerimientos mínimos (*5) estipulados por la Federación.

II. Antes de ser admitida la Sociedad y su Instituto de Entrenamiento deben haber estado en existencia activa por cuando menos 6 años.

*5) Requisitos mínimos respecto a Principios y Entrenamiento.
I. Los requisitos mínimos que estipula la Federación con respecto a los principios de las sociedades miembro, están basados en la teoría y terapia psicoanalítica
iniciada por Sigmund Freud y continuada por otros, es decir, en el reconocimiento y la comprensión de los procesos mentales inconscientes y en el uso terapéutico
de los principios de la transferencia y la resistencia.
II. Los requisitos mínimos con respecto al nivel de entrenamiento estipulado por la Federación para los miembros de las sociedades miembro, son las siguientes:
Después de completar todos los estudios en medicina o psicología (o una maestría equivalente), se requiere de un mínimo de tres años adicionales de entrenamiento
en psicoanálisis y sus avances y desarrollo.
1) El curso de entrenamiento debe ser acompañado por un análisis didáctico, comprendiendo un mínimo de 300 sesiones individuales. Como regla, la
frecuencia de las sesiones será de tres por semana, con una duración de no menos de 45 minutos.
2) El curso de entrenamiento debe constar de un currículo de tres años como mínimo y de 400 horas de instrucciones teóricas y clínicas (conferencias,
seminarios, coloquios, etc.)
3) El curso de entrenamiento deberá contener una parte práctica consistente en tratamiento psicoanalítico a pacientes individuales bajo supervisión. El
requerimiento mínimo es de un total de 600 sesiones psicoanalíticas supervisadas, con una frecuencia, como regla, de tres sesiones por semana. Las
sesiones supervisadas deben tener lugar durante un período no menor a tres años, y deben ser conducidas por cuando menos dos diferentes supervisores, y
deben incluir la terapia de por lo menos un paciente con un mínimo de 200 horas psicoanalíticas.
4) El curso de entrenamiento debe ser concluido con una evaluación.
III. Las facilidades (Instituto) para el entrenamiento psicoanalítico consistirá de no menos de seis analistas didactas y profesores.
Para ser considerado como analista didacta, el analista deberá haber tenido práctica clínica activa durante por lo menos cinco años posteriores a su graduación, en
una institución reconocida de entrenamiento.

*6) Procedimiento de Admisión.
I. Para el propósito de ser admitida a la Federación, la solicitud de membresía deberá ser presentada al Secretario General junto con el siguiente contenido:
1) Los estatutos operativos de la organización.
2) Una lista completa y precisa de miembros.
3) Un reporte cubriendo las actividades científicas y académicas de la sociedad durante los seis años anteriores a la solicitud, la cual deberá presentar una idea
general del campo de acción de la organización.
4) Para más detalles referirse al punto * 5.
II. El Comité Ejecutivo examinará la solicitud de membresía y decidirá si la solicitud reúne los requerimientos de la Federación. (*5).
III. El Comité Ejecutivo nombrará a dos de sus miembros para visitar la sociedad que solicita la membresía, con el fin de inspeccionar el trabajo que la organización
realiza. Al menos uno de estos dos miembros visitadores, no debe vivir en el país donde reside la sociedad solicitante. Los dos miembros visitadores no pueden ser
residentes de un mismo país. Los miembros visitadores remitirán reportes escritos al Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo tiene la libertad de escoger a miembros
ejecutivos o delegados de las sociedades miembros quienes no sean miembros del Comité Ejecutivo para esta labor.
IV. Como resultado de esto, el Comité Ejecutivo recomendará o no a la Asamblea de Delegados que la membresía a la Federación sea concedida.
V. La Asamblea de los Delegados tomará la decisión final relativa a la admisión de un solicitante a la Federación.

*7) Terminación de la membresía.
La membresía puede cesar como resultado de la disolución de la Federación (*28), por el retiro voluntario de la membresía (*8) o la expulsión (*9.).

*8) Retiro
I. El Secretario General debe ser notificado a través de correo registrado del retiro voluntario de una Sociedad Miembro.
II. Con el fin de un retiro en buenos términos, las obligaciones de la membresía del año en curso deberán estar cubiertas antes del retiro.
III. Después de tres meses del cumplimiento de las obligaciones para el retiro, ésta será finalmente efectiva.

*9) Expulsión.
I. Siguiendo a una propuesta formal de un miembro, sea éste del Comité Ejecutivo o de la Asamblea de Delegados, la Asambleas de Delegados puede votar la
expulsión de una sociedad miembro si ésta sociedad consistentemente actúa contra los principios de la Federación o no cumple con los requerimientos de la
membresía en la Federación.
Antes
del voto de expulsión, la Asamblea de Delegados debe recibir un reporte detallado y completo del Comité Ejecutivo.
II. La expulsión por incumplimiento de las obligaciones de contribución, comenzará a ser efectiva de acuerdo al siguiente procedimiento:
1) Si la sociedad miembro no cumple con sus obligaciones financieras de acuerdo a lo previsto en el punto *11, se le enviarán dos recordatorios por parte
del Secretario General; uno de estos recordatorios será enviado por carta registrada.
2) Si el pago anual de las cuotas no ha sido efectuado durante el final del segundo trimestre del año en curso, la membresía y el derecho para votar, de dicha
sociedad serán suspendidos en todos sus organismos.
3) Si el pago no ha sido efectuado al final del segundo año, la expulsión como miembro de la IFPS será hecha efectiva a partir de esa fecha.

*10) Derechos y Obligaciones de los miembros.
I. Todas las sociedades miembro y sus respectivos miembros, adquieren la responsabilidad de adecuar su conducta dentro y fuera de la Federación. Es deber de
los miembros promover los objetivos de la Federación con lo mejor de sus habilidades como aquí se desprende del artículo *2.
II. Dentro de la Federación, todas las sociedades miembro tienen derecho a la información expedita o no obstruida de los otros órganos de la Federación.
II
I: Es responsabilidad del Secretario General de la Federación dar respuesta a cualquier pregunta que el Presidente o el Delegado de una sociedad miembro
pudiera tener.
IV. Cada sociedad miembro está obligada a responder a cualquier pregunta que la Federación pudiera tener.
V. Es obligación de todas las sociedades miembro de enviar sin retraso toda información importante a la Federación. La Federación debe de ser informada de
cualquier cambio fundamental significativo en una sociedad miembro (como por ejemplo: la modificación de sus estatutos.).

*11) Cuotas de membresía
I. Cada Sociedad Miembro está obligada a realizar pagos anuales a la Federación.
I
I. La cuota será determinada por la Asamblea de Delegados.
III. La cuota de membresía se pagará dentro del primer trimestre del año, de lo contrario, el procedimiento será iniciado de acuerdo con el artículo *9 sección II.



*12) Miembros afiliados a la Federación.

L
as siguientes sociedades o grupos de estudio pueden ser Miembros afiliados de la IFPS:
I. Las Sociedades Psicoanalíticas o Grupos de estudio con un mínimo de cuatro miembros, que tengan título o estén certificados como psiquiatras o psicólogos.
II. El grupo deberá reunirse una vez por semana por una hora y media, sumando un total de 60 horas anuales como mínimo.
III. Las discusiones del grupo deberán incluir aspectos teóricos y clínicos de psicoanálisis. Las discusiones se realizarán mediante lecturas asignadas semanalmente
de temas de la literatura psicoanalítica.
IV. El grupo debe tener un convocador, cuya tarea es fijar una agenda semana por semana, manteniendo una lista de asistencia y llevando una bitácora de los
tópicos discutidos, de las lecturas requeridas y dar un reporte anual de los procedimientos al Secretario General.
Los grupos de estudio serán aprobados por el Comité Ejecutivo. Solamente cuando dichos grupos soliciten su membresía, pagarán los derechos y tendrán que ser
aprobados por la Asamblea de Delegados.

C. ÓRGANOS DE LA FEDERACIÓN.
*13) Órganos.
Los órganos de la Federación son:
1) La Asamblea de Delegados. (AD)
2) El Comité Ejecutivo (EC)
3) El Secretario General y el Secretario General Adjunto (SG y DSG.).
4) *21 en ninguna forma será afectada por las secciones 1–3, que aquí anteceden.


*14) La Asamblea Ordinaria de Delegados.

I.
1) La Asamblea de Delegados es el órgano supremo de la Federación. Resuelve acerca de todos los asuntos de la Federación, que de acuerdo a estos
estatutos no están regulados por otros órganos. Puede enviar sugerencias a las sociedades miembros y dar instrucciones al Comité Ejecutivo así como al
Secretario General.
2) En lo particular, las tareas de la Asamblea de Delegados serán como sigue:
a) Elección del Comité Ejecutivo, del Secretario General y del Secretario General Adjunto.
b) Acuerdos para conducir los FOROS, reuniones científicas y de negocios.
c) Aceptación de reportes anuales del Comité Ejecutivo y del Secretario General.
d) Aceptar la determinación del presupuesto de la Federación y las auditorias contables.
e) Determinación de las cuotas de membresía *11.
f) Modificación de los Estatutos
g) Disolución de la Federación.

II. La Asamblea de Delegados consistirá de los delegados de las Sociedades Miembro de acuerdo al artículo *4 Sec. I. y II., así como del Comité Ejecutivo y del

Secretarios General y el Adjunto.
III.
1) La Asamblea de Delegados tratará de sesionar por lo menos una vez cada dos años. De ser posible, las reuniones de los delegados se programarán para
coincidir con un Foro Internacional o con alguna otra actividad internacional organizada por la Federación.
2) La agenda de las reuniones de las Asambleas de los Delegados será propuesta al comienzo de la reunión por el Secretario General y deberá ser aprobada

por la Asamblea.
I
V. Constitución de la Asamblea de los Delegados.

1) Cada Sociedad Miembro tendrá dos votantes con representación en la Asamblea de Delegados.
2) Solamente los miembros regulares de las sociedades miembro pueden ser considerados para un programa determinado.
V. Convocatoria de la Asamblea de Delegados
1) La Asamblea de Delegados será convocada por el Secretario General con cuatro meses de anticipación.
2) La notificación de la Asamblea de Delegados deberá contener lo siguiente:
a) Una agenda preliminar.
b) Todos las mociones recibidas hasta ese momento para su deliberación por la Asamblea de Delegados.
c) La solicitud de envío de mociones posteriores para su deliberación.
3) Puede limitarse la aceptación de las mociones recibidas para la Asamblea de Delegados a un término de ocho semanas antes de la fecha fijada para la
Asamblea.

4) El número y nombres de los participantes delegados deben ser enviados con anticipación al Secretario General y no después de cuatro semanas antes de la
fecha de la Asamblea.

VI. Quórum y Votación.

1) La Asamblea de Delegados constituirá un quórum si no menos de la mitad de las sociedades miembro están representadas. Cuando se trate de modificaciones a
los estatutos, la Asamblea de Delegados constituirá un quórum si no menos de dos terceras partes de las sociedades miembro están representadas. Si el número de
sociedades miembro representadas es una fracción inferior al número requerido para quórum, el cálculo será redondeado a la siguiente cifra más alta.
2) La Asamblea de Delegados aprobará la resolución por mayoría simple, es decir, solamente se contarán los votos afirmativos y negativos y las abstenciones no
serán contadas.
3) Dos tercios de la mayoría serán requeridos para:
a) La reforma de los estatutos
b) La admisión de las solicitudes de membresías (*6)
c) La expulsión (*9) de una sociedad miembro.
En estos casos, las abstenciones se contarán como votos negativos.
4) En el caso de una votación muy cerrada ó empate, se realizará a una nueva votación después de una segunda deliberación. Si no hay cambio, este procedimiento
se repetirá una vez más. Si después de esto la votación sigue empatada, el asunto será aplazado hasta la siguiente Asamblea de Delegados.
VII. El Secretario General ó el Secretario General Adjunto tendrán la presidencia de la Asamblea de Delegados.
VIII. Las mociones para la siguiente Asamblea de Delegados pueden ser enviadas al Secretario General en cualquier momento. Ni el Secretario General ni el Comité
Ejecutivo están autorizados para llevar a cabo una selección preliminar de las mociones. Las mociones que ya hayan sido rechazadas por la Asamblea de Delegados
pueden ser presentados para su deliberación.
IX. En cada Asamblea de Delegados, se realizarán minutas y serán anotados y registrados los nombres de todos los delegados y las proporciones numéricas de
todos los votos. Las minutas deben ser enviadas a todos los delegados dentro de los tres meses siguientes a la conclusión de la Asamblea de Delegados.
*15) Asamblea Extraordinaria de Delegados.
I. La Asamblea Extraordinaria de Delegados puede ser convocada por el Secretario General por una decisión del Comité Ejecutivo, con cuatro meses de
anticipación.
II. Una Asamblea Extraordinaria puede también ser convocada debido a una solicitud formal al Secretario General, por no menos de un cuarto de los Delegados
regulares. Si el número de delegados que hace una solicitud es una fracción menor de un cuarto del número total de delegados regulares, el cálculo será redondeado
a la siguiente cifra más alta.
III. La Asamblea Extraordinaria de Delegados constituirá un quórum si no menos de un tercio del total de la representación de las sociedades miembro están
representadas. Si el número de sociedades representadas está por debajo de un tercio del total del número de las sociedades miembro, el cálculo será redondeado a
la siguiente cifra más alta.
IV. Cuando se trate de cambios a los estatutos, la Asamblea Extraordinaria de Delegados constituirá un quórum si no menos de la mitad de la representación de las
sociedades miembro están representadas. Si el número de las representaciones de las sociedades miembro es una fracción menor a la mitad del total de las
sociedades miembro, el cálculo se redondeará a la siguiente cifra más alta.


*16) Delegados y Observadores.

Delegados

I.
1) Una vez admitidas a la Federación, las sociedades miembro nombrarán a sus delegados.
2) Un delegado puede ser sustituido; esto se realiza por una notificación por escrito al Secretario General, e informándole del nombre del nuevo Delegado
que lo sustituye lo más pronto posible.
3) Una vez retirada de la Organización, que él o ella representa, el o la Delegada perderá el puesto de Delegado.
II.
1) Cada delegado está autorizado a representar a su organización. Como representantes autorizados de su sociedad miembro, los delegados actuarán como
intermediarios de enlace entre la IFPS y las sociedades miembro respectivas.
2) Un delegado no es miembro del Comité Ejecutivo en virtud de su cargo como tal.
3) El presidente de la sociedad miembro no es un Delegado en virtud de su cargo como tal.
III.
1) Durante la Asamblea de Delegados, un delegado tiene voz y voto y elegibilidad; y puede participar en todas las votaciones.
2) Un delegado puede votar por otros delegados de su organización, solamente con carta poder. El Secretario General debe de recibir esta notificación, de
ser posible de manera anticipada, por la autoridad suprema de la respectiva sociedad miembro, cuando un solo delegado asume los votos de esta manera.
3) Ningún delegado puede representar a más de una sociedad miembro, y ningún delegado puede ser representante de un delegado de otra sociedad
miembro.
4) Cada sociedad miembro tiene derecho a enviar un delegado a una sesión del Comité Ejecutivo como observador. El Secretario General debe estar
informado de la intención de un delegado de asistir a la sesión del Comité Ejecutivo por lo menos con cuatro semanas de anticipación.


Observadores

IV.
1) Además de los delegados, cada Sociedad Miembro puede nombrar a dos observadores.
2) Los observadores no tienen voz ni voto.


*17) Comité Ejecutivo.

I. Las tareas del Comité Ejecutivo serán las siguientes:
1) Tomar decisiones en todas las cuestiones que no sean competencia del Secretario General, o que excedan su competencia.
2) Examinar las solicitudes de membresía (*6) y realizar las respectivas recomendaciones a la Asamblea de Delegados.
3) Participar en los procedimientos de expulsión.(*9)
4) Editar las publicaciones de la IFPS.
5) Decidir el ganador del Premio "Werner Schwidder

6) Supervisar y coordinar la planeación, organización y conducción de los foros de acuerdo con los lineamientos y guías de IFPS.

II.
1) El Comité Ejecutivo consistirá de nueve miembros: los siete miembros en el cargo, el Secretario General y el Secretario Adjunto.
2) El Secretario Adjunto es un miembro activo del Comité Ejecutivo.
3) Los miembros del Comité Ejecutivo son elegidos por la Asamblea de Delegados por un período de cuatro años. Los candidatos para este cargo son
nominados por la Asamblea de Delegados.
4) No más de un miembro de cualquier sociedad miembro puede ser parte del Comité Ejecutivo en ningún momento.
5) La Asamblea de Delegados elige simultáneamente a dos miembros alternos para asumir el cargo en caso de que un miembro se retire del Comité
Ejecutivo o se le excuse de llevar a cabo sus funciones por un período mayor a seis meses.
6) En el caso de que una Asamblea de Delegados no pueda ser realizadas dentro del período de los dos años de la Asamblea de Delegados precedente, los
miembros del Comité Ejecutivo retendrán sus cargos hasta que la siguiente Asamblea de Delegados se lleve a cabo.
7) Durante este tiempo un miembro del Comité Ejecutivo no puede ser removido del cargo por su sociedad miembro.
8) No más de cuatro miembros del Comité Ejecutivo podrán ser cambiados durante una elección.

*18) El Secretario General.
I. El Secretario General atenderá los asuntos cotidianos de la Federación.
I
I. El Secretario General es elegido por la Asamblea de Delegados por un período de cuatro años. El Secretario General puede ser removido de su cargo en
cualquier momento por las dos terceras partes de la mayoría de la Asamblea de Delegados.
III. El Secretario General, debe poder contar con los medios financieros necesarios para cumplir sus obligaciones y tareas.

*19) Normas compartidas para el Comité Ejecutivo, el Secretario General y la Asamblea de Delegados.
Los miembros del Comité Ejecutivo no reciben salarios por sus servicios o reembolsos por sus gastos. En vista del tiempo requerido para sus tareas, al Secretario
General se le reembolsarán los gastos de viaje y viáticos realizados para cumplir sus responsabilidades hacia la Federación.


D. PROVISIONES INDIVIDUALES.

*20) Auditores.
I. La asamblea de Delgados elegirá dos auditores para mantener el cargo por dos años. En el caso de un FORO, ellos revisarán la contabilidad presentada por el
Secretario General y el Comité Ejecutivo.
II. Los auditores presentarán su reporte de auditoría ante la Asamblea de Delegados. Se distribuirán copias del reporte a los delegados.
III. La Asamblea de Delegados además elegirá dos auditores substitutos para asumir las funciones de los auditores principales cuando éstos estén imposibilitados
para hacerlo.
IV. Todos los auditores deberán ser delegados; deberán sin embargo, pertenecer a sociedades distintas.

* 21) El establecimiento de Comités “ad hoc”.
I. Si es necesario, el Comité Ejecutivo puede establecer otros Comités ad hoc admás de los señalados en inciso *13 sin necesitar una modificación a los estatutos.
II. Dichos comités serán disueltos al cumplimiento de la labor señalada

*22) Los desacuerdos fundamentales.
I. Los desacuerdos fundamentales entre las sociedades miembro pueden ser reportadas al Secretario General. Éste último tratará de obtener un arreglo en buenos
términos del desacuerdo e informará a todos los delegados.
II. Si el desacuerdo no puede ser resuelto, el Secretario General enviará el asunto al Comité Ejecutivo.
III. El Comité Ejecutivo intentará resolver el desacuerdo. Si el asunto fuera de importancia especial para la Federación, se presentará el problema en la Asamblea
ordinaria o extraordinaria de Delegados.
IV. Cualquiera tendrá derecho de llevar el asunto para su atención a la siguiente Asamblea de Delegados ordinaria o extraordinaria, tras haber notificado al
Secretario General.

*23 Elecciones y Votaciones.
I. Las elecciones son por voto secreto. Todas las votaciones realizadas por Comité Ejecutivo ó la Asamblea de Delegados deberán ser conducidas por voto
secreto, si así lo pide cualquier miembro de estos órganos.
II. En las elecciones de la Asamblea de Delegados para los Órganos de IFPS serán llevados a cabo de acuerdo a la siguiente secuencia:
1) Elección del Secretario General.
2) Elección del Secretario Adjunto.
3) Elección de los miembros del Comité Ejecutivo y los miembros alternos.
4) Elección de los auditores y de dos auditores alternos.
III. El Secretario General y el Secretario Adjunto serán elegidos por mayoría votos. La votación se llevará a cabo hasta que uno de los candidatos obtenga la
mayoría. Los miembros del Comité Ejecutivo, los miembros alternos del Comité Ejecutivo, los auditores y los auditores alternos serán elegidos por simple pluralidad.

*24) Honores
I. Con motivo del FORO Internacional de Psicoanálisis, la Federación está autorizada para conceder el Premio “Werner Schwidder ”.
II. El premio “Werner Schwidder” será concedido de acuerdo con los recursos estipulados en las convocatorias acordadas.

*25) Idioma
I. En los FOROS, y las reuniones científicas de la Federación, el idioma de los países de todas las sociedades miembro serán considerados al mismo nivel y se dará
la traducción simultánea hasta donde sea posible.
II. Cuando la traducción a otro idioma no sea posible, el inglés será el idioma en conferencias y reuniones internacionales.
III. El inglés será el idioma de la correspondencia de la Federación.


*26) Año fiscal.

El Año fiscal será del 1 de Julio hasta el 30 Junio.

*27) Modificación de los Estatutos.

I. La modificación de los Estatutos es posible solamente por resolución de la asamblea Ordinaria de Delegados, en la que por lo menos dos terceras partes de las
sociedades miembro estén representadas o una Asamblea de Delegados extraordinaria, en la cual por lo menos la mitad de las sociedades miembro estén
representadas.
II. Para una resolución que contenga un cambio a los estatutos, se requiere de una mayoría de las dos terceras partes de delegados presentes, (las abstenciones
serán tomadas como votos negativos).
III. Las mociones destinadas a las modificaciones de los estatutos deberán ser presentadas a más tardar cuatro meses antes de la Asamblea de los Delegados. El
Secretario General deberá incluir la moción en la agenda y enviarla a cada delegado a más tardar cuando la invitación y la agenda sean enviadas.

*28) La Disolución de la Federación
I.
La disolución de la Federación puede ser determinada solo en una Asamblea de Delegados, en la que por lo menos las tres cuartas partes de las sociedades
miembro estén representadas. Para la resolución, las tres cuartas partes de la mayoría de delegados presentes será requerida.
En caso de disolución, todos los activos restantes y propiedades de la Organización, después de cubrir los gastos necesarios, serán distribuidos a aquellas
organizaciones que sean comprendidas bajo la Sec. 501 c (3) del Código Fiscal “Internal revenue Code” de Estados Unidos, según fue reformada en 1954, [como
lo requiere el registro en la Federacion Mundial de Salud Mental (World Federation for Mental Health)] o al gobierno Federal o a un estado o gobierno local, para
la beneficencia pública.

(Según modificación de Junio del 2001.)


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