IFPS
Estatutos de
Federación Internacional
ÍNDICE
Preámbulo
A. PROVISIONES FUNDAMENTALES
1 ) Designación y Localización.
2) Objetivos de la IFPS
3) Actividad de
B.
4) Prerrequisitos
5) Requisitos mínimos respecto a Principios y Entrenamiento.
6) Procedimiento de Admisión.
7) Terminación de la membresía.
8) Retiro
9) Expulsión.
10) Derechos y Obligaciones de los miembros.
11) Cuotas de membresía.
12) Miembros afiliados a
C. ÓRGANOS DE
1
14)
15) Asamblea Extraordinaria de
Delegados
16) Delegados y Observadores.
Delegados
Observadores
17) Comité Ejecutivo
18) El Secretario General
19) Normas compartidas para el Comité
Ejecutivo, el Secretario General y
D. PROVISIONES INDIVIDUALES.
20) Auditores
21) El establecimiento de Comités
“ad hoc”.
22) Los desacuerdos fundamentales.
23) Elecciones y Votaciones
24) Honores
25) Idioma
26) Año Fiscal
27) Modificación de los estatutos
28)
Estatutos
Preámbulo
(International Study Group of
Psychoanalytic Societies) que fue fundado en Amsterdam en Julio 30, 1962.
Todas las Sociedades Fundadoras,
. the Deutsche
Psychoanalytische Gesellschaft e.V.,
gegrûndet 1910
.
. the Wiener Arbeitskreis fûr Tiefenpsychologie
. the William Alanson White Psychoanalytic Society
se guiaron por el objetivo de intensificar los contactos científicos y
personales así como también el intercambio de puntos de vista al través de las
Sociedades
Psicoanalíticas promoviendo una libre discusión de la teoría y práctica
psicoanalítica, publicaciones conjuntas como también compartiendo experiencias
concernientes al entrenamiento profesional.
interdisciplinario en materias de interés micro- y macro-social. La completa
autonomía organizacional y científica así como la igualdad de posición de todas
las
Sociedades Miembro son esenciales precondiciones para el establecimiento de la
federación. Para la realización de estos objetivos las Sociedades Firmantes han
adoptado los siguientes Estatutos:
A. PROVISIONES FUNDAMENTALES
* 1 ) Designación y Localización
designación de Federación Internacional de Sociedades Psicoanalíticas (IFPS).
La sede (alojamiento central) de
Secretaria-General
* 2 ) Objetivos de
I.
teoría, la práctica y el entrenamiento en psicoanálisis y para la promoción de
contactos científicos y personales entre psicoanalistas y organizaciones
psicoanalíticas.
Sin menoscabo de alguna otra provisión de estos artículos, la organización
estará organizada exclusivamente por uno más de los siguientes propósitos:
religioso,
caritativo, científico, atestiguar para la seguridad pública, la literatura o
propósitos educativos, o para promover competencias deportivas no profesionales
nacionales o internacional (pero sólo si ninguna parte de estas actividades
envuelve la provisión de facilidades atléticas o equipo), o para la prevención
de la
crueldad con los niños o animales, como especifica la sección 501 (c) (3) de la
ley “International Revenue Code de
realizar ninguna actividad no permitida de ser incluida por una organización
exenta de impuestos Federales (de los Estados Unidos) bajo la sección 501 (c)
(3) de
la misma ley mencionada (the International Revenue Code) de 1954.
II.
III. Ninguna parte de la ganancia neta de la organización debe redundar en
beneficio de ningún miembro, administrador, director, funcionario de la
organización, o
cualquier individuo particular (excepto que se pueden pagar compensaciones
razonables por los servicios rendidos a o para la organización) y ningún
miembro,
administrador, funcionario de la organización o cualquier individuo particular
debe ser autorizado para compartir la distribución de cualquiera de los activos
en la
disolución de la organización.
IV. Ninguna parte substancial de las actividades de la organización debe
incluir propaganda, o de otra forma intentando influenciar la legislación
(excepto lo de otra
manera provisto por la ley “International Revenue Code” sección 501
(h) o participar en, o interviniendo en (incluyendo la publicación o
distribución de
declaraciones), ninguna campaña política en beneficio de cualquier candidato
para cargos públicos.
* 3) Actividad de
La
I. realización de FOROS internacionales de Psicoanálisis en intervalos
regulares (de dos a cuatro años);
II. realizando otras reuniones científicas entre los FOROS;
III. publicaciones conjuntas de los descubrimientos científicos suministrados
por las Sociedades Miembro;
IV. apoyando la diseminación del cuerpo de pensamiento psicoanalítico dentro de
las esferas de influencia de los Miembros;
V. Promoviendo el entrenamiento y la práctica psicoanalítica.
B. MEMBRESÍA
* 4) Prerequisitos
Las Sociedades siguientes pueden volverse Miembros de la IFPS:
I. Sociedades Psicoanalíticas cuyos estatutos cumplan con los objetivos,
propósitos y principios de
corresponda con los requerimientos mínimos (*5) estipulados por
entrenamiento, tamaño y entrenamiento psicoanalítico, correspondan con los
requerimientos mínimos (*5) estipulados por
*5) Requisitos mínimos respecto a Principios y Entrenamiento.
I. Los requisitos mínimos que estipula
iniciada por Sigmund Freud y continuada por otros, es decir, en el
reconocimiento y la comprensión de los procesos mentales inconscientes y en el
uso terapéutico
de los principios de la transferencia y la resistencia.
II. Los requisitos mínimos con respecto al nivel de entrenamiento estipulado
por
Después de completar todos los estudios en medicina o psicología (o una
maestría equivalente), se requiere de un mínimo de tres años adicionales de
entrenamiento
en psicoanálisis y sus avances y desarrollo.
1) El curso de entrenamiento debe ser acompañado por un análisis didáctico,
comprendiendo un mínimo de 300 sesiones individuales. Como regla, la
frecuencia de las sesiones será de tres por semana, con una duración de no
menos de 45 minutos.
2) El curso de entrenamiento debe constar de un currículo de tres años como
mínimo y de 400 horas de instrucciones teóricas y clínicas (conferencias,
seminarios, coloquios, etc.)
3) El curso de entrenamiento deberá contener una parte práctica consistente en
tratamiento psicoanalítico a pacientes individuales bajo supervisión. El
requerimiento mínimo es de un total de 600 sesiones psicoanalíticas
supervisadas, con una frecuencia, como regla, de tres sesiones por semana. Las
sesiones supervisadas deben tener lugar durante un período no menor a tres
años, y deben ser conducidas por cuando menos dos diferentes supervisores, y
deben incluir la terapia de por lo menos un paciente con un mínimo de 200 horas
psicoanalíticas.
4) El curso de entrenamiento debe ser concluido con una evaluación.
III. Las facilidades (Instituto) para el entrenamiento psicoanalítico
consistirá de no menos de seis analistas didactas y profesores.
Para ser considerado como analista didacta, el analista deberá haber tenido
práctica clínica activa durante por lo menos cinco años posteriores a su
graduación, en
una institución reconocida de entrenamiento.
*6) Procedimiento de Admisión.
I. Para el propósito de ser admitida a
1) Los estatutos operativos de la organización.
2) Una lista completa y precisa de miembros.
3) Un reporte cubriendo las actividades científicas y académicas de la sociedad
durante los seis años anteriores a la solicitud, la cual deberá presentar una
idea
general del campo de acción de la organización.
4) Para más detalles referirse al punto * 5.
II. El Comité Ejecutivo examinará la solicitud de membresía y decidirá si la
solicitud reúne los requerimientos de
III. El Comité Ejecutivo nombrará a dos de sus miembros para visitar la
sociedad que solicita la membresía, con el fin de inspeccionar el trabajo que
la organización
realiza. Al menos uno de estos dos miembros visitadores, no debe vivir en el
país donde reside la sociedad solicitante. Los dos miembros visitadores no
pueden ser
residentes de un mismo país. Los miembros visitadores remitirán reportes
escritos al Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo tiene la libertad de escoger
a miembros
ejecutivos o delegados de las sociedades miembros quienes no sean miembros del
Comité Ejecutivo para esta labor.
IV. Como resultado de esto, el Comité Ejecutivo recomendará o no a
V.
*7) Terminación de la membresía.
La membresía puede cesar como resultado de la disolución de
*8) Retiro
I. El Secretario General debe ser notificado a través de correo registrado del
retiro voluntario de una Sociedad Miembro.
II. Con el fin de un retiro en buenos términos, las obligaciones de la
membresía del año en curso deberán estar cubiertas antes del retiro.
III. Después de tres meses del cumplimiento de las obligaciones para el retiro,
ésta será finalmente efectiva.
*9) Expulsión.
I. Siguiendo a una propuesta formal de un miembro, sea éste del Comité
Ejecutivo o de
expulsión de una sociedad miembro si ésta sociedad consistentemente actúa
contra los principios de
membresía en
Antes
II. La expulsión por incumplimiento de las obligaciones de contribución,
comenzará a ser efectiva de acuerdo al siguiente procedimiento:
1) Si la sociedad miembro no cumple con sus obligaciones financieras de acuerdo
a lo previsto en el punto *11, se le enviarán dos recordatorios por parte
del Secretario General; uno de estos recordatorios será enviado por carta
registrada.
2) Si el pago anual de las cuotas no ha sido efectuado durante el final del
segundo trimestre del año en curso, la membresía y el derecho para votar, de
dicha
sociedad serán suspendidos en todos sus organismos.
3) Si el pago no ha sido efectuado al final del segundo año, la expulsión como
miembro de
*10) Derechos y Obligaciones de los miembros.
I. Todas las sociedades miembro y sus respectivos miembros, adquieren la
responsabilidad de adecuar su conducta dentro y fuera de
los miembros promover los objetivos de
II. Dentro de
II
pudiera tener.
IV. Cada sociedad miembro está obligada a responder a cualquier pregunta que
V. Es obligación de todas las sociedades miembro de enviar sin retraso toda
información importante a
cualquier cambio fundamental significativo en una sociedad miembro (como por
ejemplo: la modificación de sus estatutos.).
*11) Cuotas de membresía
I. Cada Sociedad Miembro está obligada a realizar pagos anuales a
I
III. La cuota de membresía se pagará dentro del primer trimestre del año, de lo
contrario, el procedimiento será iniciado de acuerdo con el artículo *9 sección
II.
*12) Miembros afiliados a
L
I. Las Sociedades Psicoanalíticas o Grupos de estudio con un mínimo de cuatro
miembros, que tengan título o estén certificados como psiquiatras o psicólogos.
II. El grupo deberá reunirse una vez por semana por una hora y media, sumando
un total de 60 horas anuales como mínimo.
III. Las discusiones del grupo deberán incluir aspectos teóricos y clínicos de
psicoanálisis. Las discusiones se realizarán mediante lecturas asignadas
semanalmente
de temas de la literatura psicoanalítica.
IV. El grupo debe tener un convocador, cuya tarea es fijar una agenda semana
por semana, manteniendo una lista de asistencia y llevando una bitácora de los
tópicos discutidos, de las lecturas requeridas y dar un reporte anual de los
procedimientos al Secretario General.
Los grupos de estudio serán aprobados por el Comité Ejecutivo. Solamente cuando
dichos grupos soliciten su membresía, pagarán los derechos y tendrán que ser
aprobados por
C. ÓRGANOS DE
Los órganos de
1)
2) El Comité Ejecutivo (EC)
3) El Secretario General y el
Secretario General Adjunto (SG y DSG.).
4) *21 en ninguna forma será afectada
por las secciones 1–3, que aquí anteceden.
*14)
I.
1)
estatutos no están regulados por otros
órganos. Puede enviar sugerencias a las sociedades miembros y dar instrucciones
al Comité Ejecutivo así como al
Secretario General.
2) En lo particular, las tareas de
a) Elección del Comité Ejecutivo, del
Secretario General y del Secretario General Adjunto.
b) Acuerdos para conducir los FOROS,
reuniones científicas y de negocios.
c) Aceptación de reportes anuales del
Comité Ejecutivo y del Secretario General.
d) Aceptar la determinación del
presupuesto de
e) Determinación de las cuotas de
membresía *11.
f) Modificación de los Estatutos
g) Disolución de
Secretarios General y el Adjunto.
III.
1)
coincidir con un Foro Internacional o
con alguna otra actividad internacional organizada por
por
I
1) Cada Sociedad Miembro tendrá dos
votantes con representación en
2) Solamente los miembros regulares de
las sociedades miembro pueden ser considerados para un programa determinado.
V. Convocatoria de
1)
2) La notificación de
a) Una agenda preliminar.
b) Todos las mociones recibidas hasta
ese momento para su deliberación por
c) La solicitud de envío de mociones
posteriores para su deliberación.
3) Puede limitarse la aceptación de
las mociones recibidas para
Asamblea.
4) El número y nombres de los
participantes delegados deben ser enviados con anticipación al Secretario
General y no después de cuatro semanas antes de la
fecha de
1)
los estatutos,
sociedades miembro representadas es
una fracción inferior al número requerido para quórum, el cálculo será
redondeado a la siguiente cifra más alta.
2)
serán contadas.
3) Dos tercios de la mayoría serán
requeridos para:
a) La reforma de los estatutos
b) La admisión de las solicitudes de
membresías (*6)
c) La expulsión (*9) de una sociedad
miembro.
En estos casos, las abstenciones se
contarán como votos negativos.
4) En el caso de una votación muy
cerrada ó empate, se realizará a una nueva votación después de una segunda
deliberación. Si no hay cambio, este procedimiento
se repetirá una vez más. Si después de
esto la votación sigue empatada, el asunto será aplazado hasta la siguiente
Asamblea de Delegados.
VII. El Secretario General ó el
Secretario General Adjunto tendrán la presidencia de
VIII. Las mociones para la siguiente
Asamblea de Delegados pueden ser enviadas al Secretario General en cualquier
momento. Ni el Secretario General ni el Comité
Ejecutivo están autorizados para
llevar a cabo una selección preliminar de las mociones. Las mociones que ya
hayan sido rechazadas por
pueden ser presentados para su
deliberación.
IX. En cada Asamblea de Delegados, se
realizarán minutas y serán anotados y registrados los nombres de todos los
delegados y las proporciones numéricas de
todos los votos. Las minutas deben ser
enviadas a todos los delegados dentro de los tres meses siguientes a la
conclusión de
*15) Asamblea Extraordinaria de
Delegados.
I.
anticipación.
II. Una Asamblea Extraordinaria puede
también ser convocada debido a una solicitud formal al Secretario General, por
no menos de un cuarto de los Delegados
regulares. Si el número de delegados
que hace una solicitud es una fracción menor de un cuarto del número total de
delegados regulares, el cálculo será redondeado
a la siguiente cifra más alta.
III.
representadas. Si el número de
sociedades representadas está por debajo de un tercio del total del número de
las sociedades miembro, el cálculo será redondeado a
la siguiente cifra más alta.
IV. Cuando se trate de cambios a los
estatutos,
sociedades miembro están
representadas. Si el número de las representaciones de las sociedades miembro
es una fracción menor a la mitad del total de las
sociedades miembro, el cálculo se
redondeará a la siguiente cifra más alta.
*16) Delegados y Observadores.
Delegados
I.
1) Una vez admitidas a
2) Un delegado puede ser sustituido;
esto se realiza por una notificación por escrito al Secretario General, e
informándole del nombre del nuevo Delegado
que lo sustituye lo más pronto
posible.
3) Una vez retirada de
II.
1) Cada delegado está autorizado a
representar a su organización. Como representantes autorizados de su sociedad
miembro, los delegados actuarán como
intermediarios de enlace entre
2) Un delegado no es miembro del
Comité Ejecutivo en virtud de su cargo como tal.
3) El presidente de la sociedad
miembro no es un Delegado en virtud de su cargo como tal.
III.
1) Durante
2) Un delegado puede votar por otros
delegados de su organización, solamente con carta poder. El Secretario General
debe de recibir esta notificación, de
ser posible de manera anticipada, por
la autoridad suprema de la respectiva sociedad miembro, cuando un solo delegado
asume los votos de esta manera.
3) Ningún delegado puede representar a
más de una sociedad miembro, y ningún delegado puede ser representante de un
delegado de otra sociedad
miembro.
4) Cada sociedad miembro tiene derecho
a enviar un delegado a una sesión del Comité Ejecutivo como observador. El
Secretario General debe estar
informado de la intención de un
delegado de asistir a la sesión del Comité Ejecutivo por lo menos con cuatro
semanas de anticipación.
Observadores
IV.
1) Además de los delegados, cada
Sociedad Miembro puede nombrar a dos observadores.
2) Los observadores no tienen voz ni
voto.
*17) Comité Ejecutivo.
I. Las tareas del Comité Ejecutivo
serán las siguientes:
1) Tomar decisiones en todas las
cuestiones que no sean competencia del Secretario General, o que excedan su
competencia.
2) Examinar las solicitudes de
membresía (*6) y realizar las respectivas recomendaciones a
3) Participar en los procedimientos de
expulsión.(*9)
4) Editar las publicaciones de
6) Supervisar y coordinar la planeación, organización y conducción de los foros
de acuerdo con los lineamientos y guías de IFPS.
II.
1) El Comité Ejecutivo consistirá de nueve miembros: los siete miembros en el
cargo, el Secretario General y el Secretario Adjunto.
2) El Secretario Adjunto es un miembro activo del Comité Ejecutivo.
3) Los miembros del Comité Ejecutivo son elegidos por
nominados por
4) No más de un miembro de cualquier sociedad miembro puede ser parte del
Comité Ejecutivo en ningún momento.
5)
Ejecutivo o se le excuse de llevar a cabo sus funciones por un período mayor a
seis meses.
6) En el caso de que una Asamblea de Delegados no pueda ser realizadas dentro
del período de los dos años de
miembros del Comité Ejecutivo retendrán sus cargos hasta que la siguiente
Asamblea de Delegados se lleve a cabo.
7) Durante este tiempo un miembro del Comité Ejecutivo no puede ser removido
del cargo por su sociedad miembro.
8) No más de cuatro miembros del Comité Ejecutivo podrán ser cambiados durante
una elección.
*18) El Secretario General.
I. El Secretario General atenderá los asuntos cotidianos de
I
cualquier momento por las dos terceras partes de la mayoría de
III. El Secretario General, debe poder contar con los medios financieros
necesarios para cumplir sus obligaciones y tareas.
*19) Normas compartidas para el Comité Ejecutivo, el Secretario General y
Los miembros del Comité Ejecutivo no reciben salarios por sus servicios o
reembolsos por sus gastos. En vista del tiempo requerido para sus tareas, al
Secretario
General se le reembolsarán los gastos de viaje y viáticos realizados para
cumplir sus responsabilidades hacia
D. PROVISIONES INDIVIDUALES.
*20) Auditores.
I. La asamblea de Delgados elegirá dos auditores para mantener el cargo por dos
años. En el caso de un FORO, ellos revisarán la contabilidad presentada por el
Secretario General y el Comité Ejecutivo.
II. Los auditores presentarán su reporte de auditoría ante
III.
para hacerlo.
IV. Todos los auditores deberán ser delegados; deberán sin embargo, pertenecer
a sociedades distintas.
* 21) El establecimiento de Comités “ad hoc”.
I. Si es necesario, el Comité Ejecutivo puede establecer otros Comités ad hoc
admás de los señalados en inciso *13 sin necesitar una modificación a los estatutos.
II. Dichos comités serán disueltos al cumplimiento de la labor señalada
*22) Los desacuerdos fundamentales.
I. Los desacuerdos fundamentales entre las sociedades miembro pueden ser
reportadas al Secretario General. Éste último tratará de obtener un arreglo en
buenos
términos del desacuerdo e informará a todos los delegados.
II. Si el desacuerdo no puede ser resuelto, el Secretario General enviará el
asunto al Comité Ejecutivo.
III. El Comité Ejecutivo intentará resolver el desacuerdo. Si el asunto fuera
de importancia especial para
ordinaria o extraordinaria de Delegados.
IV. Cualquiera tendrá derecho de llevar el asunto para su atención a la
siguiente Asamblea de Delegados ordinaria o extraordinaria, tras haber
notificado al
Secretario General.
*23 Elecciones y Votaciones.
I. Las elecciones son por voto secreto. Todas las votaciones realizadas por
Comité Ejecutivo ó
secreto, si así lo pide cualquier miembro de estos órganos.
II. En las elecciones de
1) Elección del Secretario General.
2) Elección del Secretario Adjunto.
3) Elección de los miembros del Comité Ejecutivo y los miembros alternos.
4) Elección de los auditores y de dos auditores alternos.
III. El Secretario General y el Secretario Adjunto serán elegidos por mayoría
votos. La votación se llevará a cabo hasta que uno de los candidatos obtenga la
mayoría. Los miembros del Comité Ejecutivo, los miembros alternos del Comité
Ejecutivo, los auditores y los auditores alternos serán elegidos por simple
pluralidad.
*24) Honores
I. Con motivo del FORO Internacional de Psicoanálisis,
II. El premio “Werner Schwidder” será concedido de acuerdo con los
recursos estipulados en las convocatorias acordadas.
*25) Idioma
I. En los FOROS, y las reuniones científicas de
la traducción simultánea hasta donde sea posible.
II. Cuando la traducción a otro idioma no sea posible, el inglés será el idioma
en conferencias y reuniones internacionales.
III. El inglés será el idioma de la correspondencia de la Federación.
*26) Año fiscal.
El Año fiscal será del 1 de Julio hasta el 30 Junio.
*27) Modificación de los Estatutos.
I. La modificación de los Estatutos es posible solamente por resolución de la
asamblea Ordinaria de Delegados, en la que por lo menos dos terceras partes de
las
sociedades miembro estén representadas o una Asamblea de Delegados
extraordinaria, en la cual por lo menos la mitad de las sociedades miembro
estén
representadas.
II. Para una resolución que contenga un cambio a los estatutos, se requiere de
una mayoría de las dos terceras partes de delegados presentes, (las
abstenciones
serán tomadas como votos negativos).
III. Las mociones destinadas a las modificaciones de los estatutos deberán ser
presentadas a más tardar cuatro meses antes de
Secretario General deberá incluir la moción en la agenda y enviarla a cada
delegado a más tardar cuando la invitación y la agenda sean enviadas.
*28)
I.
miembro estén representadas. Para la resolución, las tres cuartas partes de la
mayoría de delegados presentes será requerida.
En caso de disolución, todos los activos restantes y propiedades de
organizaciones que sean comprendidas bajo
lo requiere el registro en
la beneficencia pública.
(Según modificación de Junio del 2001.)